El Modelo 720 sigue siendo una de las obligaciones más temidas y complejas para los contribuyentes con bienes fuera de España. Analizamos las claves para la campaña de 2026, las novedades en criptomonedas y cómo evitar sanciones.
¿Qué es exactamente el Modelo 720?
El Modelo 720 es una declaración informativa —no implica pago de impuestos directo— sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Su finalidad es el control tributario, permitiendo a la Agencia Tributaria conocer el patrimonio global de sus residentes fiscales.
A pesar de su naturaleza informativa, ha sido históricamente polémico por su régimen sancionador, que fue tumbado parcialmente por la justicia europea en 2022. Sin embargo, la obligación de declarar persiste y las sanciones, aunque moderadas, siguen siendo significativas.
El umbral de los 50.000 euros
La regla de oro del Modelo 720 es el límite de 50.000 euros. Estás obligado a presentar esta declaración si eres titular (o autorizado, representante, beneficiario, etc.) de bienes en el extranjero que superen este valor conjunto en cualquiera de los siguientes tres bloques independientes:
- Cuentas en entidades financieras: Cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo, etc.
- Valores y derechos: Acciones, fondos de inversión, seguros de vida o invalidez, y rentas vitalicias o temporales.
- Bienes inmuebles: Y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
Importante: Los bloques no se suman entre sí. Puedes tener 40.000€ en cuentas y 40.000€ en acciones (total 80.000€) y no estar obligado a declarar, porque ningún bloque supera los 50.000€.
La gran novedad: Criptomonedas y el Modelo 721
Hasta hace poco, existía cierta confusión sobre si las criptomonedas debían incluirse en el Modelo 720. La respuesta definitiva llegó con la creación de un modelo específico: el Modelo 721.
- ¿Qué se declara? Monedas virtuales situadas en el extranjero (en "exchanges" o custodios no residentes).
- ¿Cuándo? Si el saldo conjunto a 31 de diciembre supera los 50.000 euros.
- ¿Y las "wallets" frías? Si tienes las claves privadas en un dispositivo físico (Ledger, Trezor) que está contigo en España, técnicamente no están en el extranjero y no se declaran en el 721 (aunque sí en el Impuesto sobre el Patrimonio si procede).
Plazos y consecuencias de los errores
El plazo de presentación para la campaña 2026 (respecto a los bienes de 2025) es estricto: del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
Presentar la declaración fuera de plazo sin requerimiento previo conlleva sanciones, pero mucho menores que si la Agencia Tributaria te requiere. La sanción mínima suele ser de 150 euros por grupo de datos.
El peligro de la "ganancia patrimonial no justificada"
El mayor riesgo del Modelo 720 no es la multa por no presentar, sino la imprescriptibilidad (matizada ahora por los tribunales) de los bienes no declarados. Si la Agencia Tributaria descubre bienes ocultos, podría considerarlos ganancia patrimonial no justificada e imputarlos al IRPF del año más antiguo no prescrito, con una sanción adicional.
Checklist para una declaración segura
En JAIZME recomendamos seguir estos pasos para evitar sustos:
- Recopila documentación oficial: No te fíes de tus notas. Pide certificados de saldos a 31 de diciembre y saldos medios del último trimestre a tus bancos extranjeros.
- Revisa el tipo de cambio: Si tienes bienes en otra divisa, asegúrate de usar el tipo de cambio oficial publicado por el BCE a 31 de diciembre.
- Ojo a los cotitulares: Si una cuenta de 80.000€ tiene dos titulares, ambos deben presentar el Modelo 720 informando del saldo total y de su porcentaje de participación (aunque su parte sea solo 40.000€, la obligación nace por el saldo total de la cuenta).
- Conserva todo 4 años: El plazo de prescripción general.
"El Modelo 720 no admite errores. Un pequeño fallo en un número de cuenta o en una fecha puede desencadenar un procedimiento de comprobación."
No te arriesgues con la Agencia Tributaria. Deja que nuestros expertos fiscales revisen y presenten tu Modelo 720 con total garantía.
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